Se acaba de publicar en el BOE con fecha 12 de Mayo de 2020, la convocatoria de subvenciones por parte del Consejo de Administración del Consorcio de la ciudad de Santiago de Compostela la orden de convocatoria de subvenciones del «programa localízate» destinadas a la rehabilitación de los locales de la ciudad histórica de Santiago de Compostela.
La convocatoria tiene por objeto conceder subvenciones a fondo perdido para las personas promotoras de actuaciones destinadas a la rehabilitación de los locales situados en el ámbito del Plan Especial de Rehabilitación de la Ciudad Histórica de Santiago de Compostela, a la mejora de su accesibilidad y eficiencia energética, a la mejora de su imagen exterior y a su acondicionamiento interior. Pueden ser beneficiarios de la misma los usuarios legales de los locales, sean personas físicas o jurídicas, y actúen como propietarios, arrendatarios o que ostenten algún derecho de uso sobre ellos, según el artículo 11 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de subvenciones.
Los requisitos exigibles que tienen que tener los locales son:
- Localizarse en el ámbito del Plan Especial de Protección y Rehabilitación de la Ciudad Histórica (PE.1).
- Condiciones suficientes de seguridad estructural y estanqueidad frente a la lluvia.
- El edificio en que se localice el establecimiento deberá tener una antigüedad superior a 20 años.
- Localizarse en planta baja, semisótano o primer sótano, y plantas altas si están vinculados con el local de la planta baja y lo permita expresamente la ordenanza particular de zona. También deberán contar con fachada a la vía pública.
- El local deberá estar destinado o destinarse a algún de los siguientes usos regulados en el Capítulo III del Título VI de la Normativa Urbanística del Plan Especial de Protección y Rehabilitación de la Ciudad Histórica de Santiago de Compostela, y las ordenanzas particulares de zona:
- Comercial (En relación al uso comercial, los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas – IAE – subvencionables son los siguientes: 641, 642, 643, 644, 645, 647.1, 647.2, 647.3, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 654.2, 654.5, 656, 657, 659.2, 659.3, 659.4, 659.5, 659.6, 659.7, 659.9, 661.3, 662.2, 691.1 y 691.9.)
- Oficinas.
- Industrial en categoría 1.ª: Actividades industriales y talleres de artesanía compatibles con la vivienda.
- Docente.
- Sanitario.
- Asistencial.
- Socio-cultural.
- Deportivo.
Por último el plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente de la publicación de este extracto en el BOE. Para el caso de que el último día de presentación de solicitudes fuera inhábil o sábado, el plazo se prorrogaría hasta el siguiente día hábil. Puedes consultar el extracto de la publicación del BOE aquí. A continuación puedes ver una infografía con un resumen de la convocatoria.